La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) amplió sus mecanismos de cobro y ahora podrá aplicar embargos sobre billeteras digitales como Nequi, Daviplata y otros depósitos electrónicos administrados por entidades vigiladas por las autoridades financieras.

La medida está dirigida a personas naturales y jurídicas que mantengan impuestos, intereses o sanciones pendientes de pago y que no hayan atendido los requerimientos realizados por la autoridad tributaria.

¿Cómo funciona el proceso?

El procedimiento inicia cuando la DIAN identifica contribuyentes con obligaciones vencidas dentro de su base de deudores morosos.

Posteriormente:

  • Se expide un mandamiento de pago con el valor adeudado.
  • Se otorga un plazo para pagar o presentar descargos.
  • Si no existe respuesta, se aplican medidas cautelares.
  • Entre esas medidas está el embargo de cuentas bancarias y billeteras digitales.

Las plataformas financieras deberán cumplir la orden y bloquear los recursos señalados hasta cubrir total o parcialmente la deuda.

¿Quiénes pueden verse afectados?

La medida puede recaer sobre:

  • Personas con impuestos, intereses o sanciones sin pagar.
  • Contribuyentes que ignoraron requerimientos de la DIAN.
  • Usuarios que incumplieron acuerdos de pago.
  • Personas o empresas que no presentaron declaraciones obligatorias.

¿Qué puede pasar con los fondos?

Las acciones incluyen:

  • Bloqueo de billeteras digitales.
  • Congelamiento de cuentas bancarias.
  • Retención de recursos para cubrir la deuda.
  • Restricciones para realizar transferencias, pagos o retiros.
  • Embargos sobre otros bienes registrados.

¿Cómo saber si existe riesgo de embargo?

Los contribuyentes pueden revisar su situación tributaria a través del portal oficial de la DIAN, donde es posible consultar obligaciones pendientes, procesos de cobro y medidas cautelares vigentes.

¿Qué hacer si la cuenta es embargada?

Si una billetera digital o cuenta bancaria resulta bloqueada, se recomienda:

  • Verificar el origen de la deuda.
  • Consultar el proceso en el sistema MUISCA.
  • Solicitar una revisión administrativa si considera que existe un error.
  • Gestionar un acuerdo de pago con la DIAN.
  • Buscar asesoría jurídica cuando sea necesario.

Una vez la deuda sea cancelada o se formalice un acuerdo aceptado por la entidad, la DIAN podrá ordenar el levantamiento del embargo y la restitución del acceso a los recursos retenidos.

 

 



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