Juzgado de Bogotá ratifica suspensión cautelar de bombardeos en áreas con menores reclutados

¿En qué consiste la resolución dictada por el despacho judicial?

La jueza Marggy Viviana Arciniegas, titular del Juzgado 34 de Familia de Bogotá, ratificó la medida cautelar que ordena suspender de manera temporal los bombardeos aéreos de las Fuerzas Militares de Colombia en zonas con presencia verificada de menores de edad reclutados. La resolución rechazó los recursos de impugnación presentados por la Presidencia de la República y el Ministerio de Defensa, manteniendo la restricción operativa en tanto se emite una sentencia de fondo en el proceso de tutela.

¿Qué alcance tiene la medida sobre las operaciones de las Fuerzas Militares?

La determinación judicial no contempla una suspensión generalizada de las tareas de combate contra las organizaciones criminales, sino que delimita las incursiones aéreas ofensivas ante riesgos específicos. La acción constitucional, interpuesta por el abogado Ower Jimmy Borda Parra en representación de los derechos de la niñez, establece los siguientes lineamientos para el sector defensa:

  • Abstención de ejecutar ataques aéreos cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes.

  • Mantenimiento de la restricción preventiva mientras se define la legitimidad de los protocolos militares en la sentencia definitiva.

  • Priorización de inteligencia militar y estrategias de rescate frente al uso de menores como escudos humanos por parte de grupos armados.

¿A qué autoridades afecta el fallo y cuál es el antecedente del litigio?

La orden judicial cobija las decisiones operativas del presidente Abelardo de la Espriella, del ministro de Defensa Jorge Eduardo Mora y de los mandos del Ejército Nacional, la Fuerza Aérea y la Armada Nacional. El litigio surgió tras la reactivación de bombardeos en agosto de 2026 en regiones como Guaviare y el Catatumbo, donde reportes oficiales confirmaron la muerte y lesiones de menores reclutados por disidencias. Consiguientemente, la justicia constitucional evaluará si el Estado debe modificar sus protocolos de ataque aéreo conforme al bloque de constitucionalidad.