DIAN reglamenta el Formulario 425 de la DIAN para el impuesto al patrimonio en Colombia.
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Sujetos obligados y cálculo del patrimonio líquido para personas jurídicas
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales reglamentó la declaración del impuesto al patrimonio para personas jurídicas. La entidad dispuso el uso del Formulario 425 de la DIAN para el periodo fiscal 2026. La medida busca recaudar los recursos establecidos durante la reciente emergencia económica.
El trámite aplica para las empresas declarantes de renta que posean un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT. La fecha de corte para determinar el valor fijado por la autoridad es el 1 de marzo de 2026. La cifra se obtiene restando las deudas vigentes al patrimonio bruto poseído.
Asimismo, las sociedades que pasaron por procesos de escisión deberán sumar sus patrimonios para verificar si alcanzan el umbral normativo. No obstante, la regulación establece excepciones específicas para determinados sectores. Las empresas de salud e intervenidas por el Estado quedan excluidas de presentar el Formulario 425 de la DIAN.
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Tarifas aplicables y procedimiento de presentación en la plataforma virtual
La norma contempla una tarifa general del 0,50% sobre la base gravable calculada. Sin embargo, entidades financieras, aseguradoras y compañías del sector extractivo de carbón o petróleo pagarán una tarifa del 1,6%. Los contribuyentes deben verificar la clasificación correspondiente antes de enviar el reporte.
Cumplimiento del trámite tributario mediante Firma Electrónica
La presentación del documento se realiza de forma exclusiva por los servicios informáticos de la entidad fiscalizadora. Los representantes legales utilizarán la Firma Electrónica autorizada para oficializar la declaración virtual. Completar el Formulario 425 de la DIAN a tiempo evitará sanciones extemporáneas e intereses moratorios.
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