Patinetas eléctricas tendrían nuevas reglas de circulación en Colombia

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¿En qué consiste el proyecto de regulación de micromovilidad?

BOGOTÁ, 7 de julio de 2026. El Ministerio de Transporte de Colombia prepara un nuevo proyecto de regulación diseñado para ordenar la circulación de patinetas eléctricas, scooters, bicicletas eléctricas y otros vehículos de movilidad liviana en el país. Ante el notable crecimiento de estas alternativas de transporte en las principales capitales, el Gobierno nacional busca mitigar la accidentalidad vial y unificar los criterios de tránsito. Consecuentemente, el borrador de la norma plantea exigencias técnicas rigurosas para los dispositivos, delimita las zonas permitidas para su tránsito y establece medidas de seguridad obligatorias para los usuarios.

La propuesta normativa contempla un enfoque integral que va desde la comercialización hasta el uso en las calles. Por consiguiente, el proyecto fija estándares técnicos específicos que deberán cumplir estrictamente los fabricantes, importadores y comercializadores de vehículos eléctricos livianos para garantizar su calidad y correcto funcionamiento. Asimismo, la iniciativa pretende resolver los recurrentes conflictos de convivencia vial entre peatones, ciclistas y usuarios de estos nuevos sistemas tecnológicos de desplazamiento urbano.

¿Cuáles son los principales ejes que transformarán el tránsito diario?

Por otra parte, la regulación se enfocará en definir con precisión los límites de velocidad permitidos y la infraestructura vial autorizada para estos dispositivos. De igual manera, se prevé la obligatoriedad de elementos de protección personal como el uso de cascos y chalecos reflectivos en horarios nocturnos, además de restricciones explícitas sobre el tránsito en andenes o zonas de uso exclusivo para peatones.

Puntos clave de la futura normativa vial

  • Requisitos técnicos de fábrica: Estándares mínimos de frenado, iluminación y potencia para la importación de los equipos.

  • Zonas de circulación definidas: Prioridad de tránsito en ciclorrutas y prohibición estricta de circulación sobre aceras peatonales.

  • Seguridad activa: Obligatoriedad de portar elementos reflectivos y sistemas de alerta sonora (pitos o campanas).

Nota ciudadana: Los usuarios de estos vehículos deberán mantenerse atentos a la publicación final del decreto por parte del Ministerio de Transporte, ya que las autoridades locales de tránsito contarán con la facultad de imponer sanciones económicas a quienes incumplan los nuevos parámetros de movilidad vigentes.

 


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